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Diciembre de 2012
Citar: elDial.com - CC329B
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
Diciembre de 2012 |
Por José Octavio Clariá |
Con
este número del mes de diciembre de 2012, cerramos el octavo
año de publicación de este Suplemento de Derecho
Deportivo.- Es
una buena oportunidad para agradecer a todos quienes han
colaborado durante este período de tiempo para que se haya
podido concretar esta iniciativa.- Un
especial agradecimiento a las autoridades y a todo el staff
de El Dial por habernos distinguido con su confianza, por el
permanente apoyo recibido y por la excelente disposición
para colaborar y para solucionar los inconvenientes que a
veces se presentan.- En
la sección doctrina, publicamos un artículo de nuestra
autoría, titulado La
Responsabilidad Civil en la práctica del Rugby,
Comentario a fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación:
"B.S.J.G. c/ Unión Cordobesa de Rugby y otros"
en el que, por tercera vez, nos referimos al caso ocurrido en un partido de rugby en la categoría
sub 17, en el que un joven jugador sufrió una grave lesión
(traumatismo cervical con consecuencias cuadripléjicas) en
oportunidad de disputar un "scrum", ocupando la
posición de hooker.- En
su momento publicamos en este Suplemento la sentencia de
primera instancia y, al salir la de segunda instancia
comentamos el fallo.- Ahora
la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado
sentencia, haciendo lugar al recurso de queja interpuesto por
el actor y anulando la sentencia dictada con fundamento en la
doctrina de la sentencia arbitraria y ordenando que se dicte
nueva sentencia.- En
la sección jurisprudencia publicamos diversos fallos
relacionados con la temática del Derecho Deportivo: a) El
fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al que
nos referimos en párrafos precedentes; b) un fallo de la Cámara
Nacional en lo Comercial en el que, con motivo de determinar
el tribunal competente, se analiza la naturaleza jurídica de
los agentes o representantes jugadores, descartando la
existencia de relación laboral; c) un fallo de la Cámara
Nacional en lo Civil en el que se ratifica la responsabilidad
del club local y de la Asociación del Futbol Argentino, con
motivo de los daños sufridos por un espectador al ser
asaltado cuando descendía de las tribunas.- En
la sección novedades se publica la noticia de la entrega de
diplomas a la novena promoción de alumnos del Programa de
Derecho y Management del Deporte, organizado en conjunto por
la UCA, la FIFA y el CIES, con la presencia de Vincent
Monnier (Director de Relaciones Internacional del CIES).- Agradeciendo
muy especialmente a los autores y a quienes han colaborado en
la recopilación de información y en aportes en la elaboración
de este número del Suplemento, nos despedimos hasta el próximo
número.-
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